Ética en la consulta:
Las voluntades anticipadas

ARGUMENTOS A FAVOR DE LAS VOLUNTADES ANTICIPADAS SI SE CUMPLEN CIERTAS CONDICIONES

Condiciones antes
de la elaboración
de los documentos

Debe hablarse sobre la muerte y afrontar la muerte personal

Los estudios prácticos reflejan que la mera introducción de las voluntades anticipadas como documento legal no lleva a que sean ampliamente elaboradas por la población, si no van acompañadas de un proceso de educación. En un estudio de Lawrence J. Markson y otros, se analizó la influencia de la educación de los médicos para la realización de estos documentos en varios centros de salud de Massachusetts. Se impartió un curso de cinco semanas a diez médicos sobre la ley referente a las voluntades anticipadas. Se permitió que los médicos pasaran tiempo adicional con pacientes para dialogar sobre ellas. El porcentaje de pacientes que tras la conversación rellenaban estos documentos oscilaba entre el 65 por ciento y el 90 por ciento, dependiendo de los centros. La mayoría pedían que no se aplicara tratamiento de soporte vital en el caso de inconsciencia permanente. Los autores concluyen lo siguiente: "Enseñar a los médicos la ley no es suficiente para cambiar la conducta; los médicos necesitan también experiencia práctica dialogando con pacientes".

Un estudio de Brendan M. Reilly y otros, también llega a la conclusión de que, cuanto mayor es la educación de los médicos sobre estas cuestiones, más aumenta la proporción de pacientes que realizan voluntades anticipadas. "Durante la fase final de la intervención 227 (83,2 por ciento) de 273 pacientes internos habían documentado voluntades en el registro del hospital".

Actualmente se da por supuesto que los pacientes tienen información sobre las opciones sanitarias y sobre la tecnología moderna referente a cuidados de la salud. Esto desgraciadamente no suele ser el caso. Cada individuo ha de haber reflexionado previamente sobre estas cuestiones, lo cual precisa de una cantidad importante de tiempo. Catorini se pregunta si eso no resulta demasiado difícil para muchas personas y plantea la necesidad de saber cómo habría de realizarse el proceso de educación.

Gracia transmite también la necesidad de la educación, diciendo que "instaurar las directrices previas en nuestros hospitales, exige un cambio de mentalidad, que no será posible sin un proceso educativo, tanto de los profesionales sanitarios como de la propia sociedad". Este autor considera que deben iniciarse programas educativos de concienciación sobre estos problemas que, evitando el sensacionalismo, vayan haciendo prevalecer las opiniones prudentes y maduras.
Nosotros nos reconocemos a nosotros mismos en los planes que trazamos para nuestra vida. Planificar es propio del ser persona. Pero para planificar de manera autónoma hemos de disponer de la información adecuada sobre aquello que puede influir en nuestros planes.

Los médicos han de dialogar con los pacientes sobre los fines del cuidado y de ciertas intervenciones médicas. En este diálogo se ha de conseguir también que los pacientes comprendan cuál es su condición física y mental, y su capacidad para tolerar intervenciones médicas. En este sentido, Muriel R. Gillick considera a las voluntades anticipadas como un tipo de medicina preventiva, pues con ellas se trata de evitar intervenciones excesivas en el final de la vida.

Los pacientes, en muchos casos, no entienden los riesgos del tratamiento propuesto debido a que el médico utiliza un lenguaje muy técnico, o dedica poco tiempo a comprobar el nivel de comprensión del paciente. En consecuencia, los pacientes a menudo dejan que decida el médico o la familia.

Gillick considera que la planificación del paciente ha de contener al menos tres partes: 1) conocer la condición médica en general, 2) comprender cómo le afectaría el tratamiento, y 3) evaluar la información sopesando cargas y beneficios para formular metas amplias referidas al cuidado médico.

Los pacientes han de saber si ellos son robustos, frágiles, dementes o moribundos. Por su parte, los médicos han de explicar que, si los pacientes son robustos, pueden tolerar los riesgos de una intervención médica que no podrían tolerar en otras condiciones. A los pacientes moribundos se les ha de asegurar que no serán abandonados, y que se hará todo lo posible para maximizar su calidad de vida.

En la postura de Gillick encontramos tres conclusiones: 1) Los pacientes y sus representantes tienen un importante papel que jugar en el tipo de cuidados médicos que ha de recibir el paciente. 2) Puesto que los médicos tienen poco tiempo y no ven la conversación con el paciente como algo propio de su actividad, se deberían dar incentivos a los médicos que ayudaran a los pacientes en la planificación. 3) A nivel más general, se han de hacer esfuerzos educacionales para estimular el interés en estas cuestiones. La idea básica es que los pacientes han de conocer su situación para poder planificar el futuro de acuerdo a sus valores.

El proceso de educación no ha de ir dirigido únicamente a los pacientes, sino también a los profesionales sanitarios. Tracey Dare, defensor de la autonomía del paciente en la toma de decisiones en el final de la vida, escribe: "Los profesionales de cuidados críticos, entonces, están claramente obligados a educarse más en el razonar moral, de modo que se aseguren resultados óptimos para los individuos a nuestro cuidado".

David John Doukas y William Reichel recuerdan la importancia de la Ley de Autodeterminación del Paciente (Patient Self-Determination Act) de Estados Unidos, por su función difusora de la existencia de estos documentos. La difusión se
realiza, en parte, mediante campañas federales de distribución de folletos informativos. Esta información es necesaria para que las personas puedan reflexionar sobre estos asuntos con tiempo suficiente. Estos autores escriben: "Esperamos que la Ley de Autodeterminación del Paciente animará a todas las personas a tomar estas disposiciones cuando están bien, antes de que se vuelvan pacientes".

Una de las barreras más importantes para determinar la validez de estos documentos, es la actitud de rechazo de la sociedad a pensar y hablar de la muerte. Octavi Quintana entiende que "para abordar estos problemas, es imprescindible hablar de ellos abiertamente y, en consecuencia, pasar de la actitud predominante en nuestra sociedad de negar la muerte a asumirla y hablar de ella y de las decisiones que plantea".

No basta con hacer campañas de información sobre estos documentos para que las personas los rellenen. Según Larry Vandecreek y Deborah Frankowski, "la mayor barrera para cumplimentar instrucciones sobre el cuidado de la salud (y quizás voluntades anticipadas en general) es que connotan la muerte personal".


Debe transmitirse
la idea de que una persona en el final de la vida no es una carga y evitar situaciones de desamparo

Monique Ouellette nos recuerda que muchos de los que redactan voluntades anticipadas son ancianos que viven en residencias para la tercera edad. Estos ancianos se sienten casi obligados a firmar este tipo de documentos para evitar problemas a los descendientes. Se trata de una situación de presión que resta autoridad a las voluntades anticipadas.
Doukas y Reichel, refiriéndose a algunos estudios prácticos, comprueban que "cuanto más intensa era la preocupación de la persona por la carga sobre la familia, menos probable era que la persona quisiera terapias médicas de soporte vital".

Una persona puede verse como una carga para la familia, tanto desde el punto de vista económico como físico.

Por otro lado, las voluntades anticipadas corren el riesgo de verse como un medio para reducir gastos en sanidad, lo cual no es su sentido. Según Cattorini, si no se distribuyen recursos suficientes para el cuidado de los enfermos terminales, dementes o, en general, no autosuficientes, la difusión de las voluntades anticipadas supondrá un cómodo alivio para las tareas de carácter social y asistencial. La decisión de un paciente de rechazar tratamientos, tendrá las condiciones de libertad si hay una disposición social a respetar igualmente la decisión del paciente si solicita esos tratamientos. Pero si las políticas sociales alimentan la reducción de recursos, los pacientes se sentirán presionados a solicitar que se les retiren tratamientos. Las voluntades anticipadas serán entonces lo contrario a una expresión de la autonomía del paciente.

En ocasiones, los pacientes pueden tomar la decisión de firmar una voluntad anticipada en la que se rechazan tratamientos por sentirse desamparados. Por ello, el Estado tiene la obligación de mejorar los sistemas de atención a los pobres, ancianos y marginados, evitando la situación de desamparo en que muchos de ellos se ven en las fases finales de su vida. Gracia escribe: "Del mismo modo, pensamos que es prioritaria la organización de Unidades del Dolor y, sobre todo, de Unidades de Cuidados Paliativos en los centros sanitarios, a fin de que la situación de los enfermos terminales mejore, tanto controlando sus síntomas, especialmente el dolor, como apoyándoles emocionalmente".


Condiciones durante la elaboración de los documentos

Debe evaluarse la capacidad para tomar decisiones de la persona que firma estos documentos

Diego Gracia está a favor de la introducción de estos documentos, pues no sólo permiten un mayor respeto de los derechos humanos, sino que, además, incrementan la calidad técnica y humana de las instituciones sanitarias. Pero carecen de toda validez si no son asumidos por pacientes autónomos y, por lo tanto, capaces legal y moralmente. Esto plantea la "necesidad de evaluar la capacidad de los pacientes para tomar este tipo de decisiones". Entre los requisitos para determinar a una persona como capaz de dar consentimiento informado suelen citarse los siguientes: entender la naturaleza de su enfermedad, apreciar sus opciones de tratamiento y tomar una decisión voluntaria y sin coacciones. Doukas y Reichel entienden que "cualquier persona con cualquiera de esas condiciones que le hacen capaz de dar consentimiento informado es también capaz de elaborar una voluntad anticipada".

Robert M. Veatch señala que los pacientes son incapaces si carecen de la capacidad legal para tomar decisiones substancialmente autónomas. La incapacidad es, por lo tanto, una categoría legal. Los médicos con conocimientos de psiquiatría y los psicoterapeutas pueden ser consultados para que un tribunal determine la incapacidad de un paciente.

Pero no se puede pretender que todas las determinaciones de incapacidad sean realizadas por un tribunal. Según Veatch, "parece irrazonable esperar que el hospital vaya al tribunal para obtener la declaración de incapacidad de cada paciente, incluso de aquellos que son comatosos. Por otro lado, parece igualmente irrazonable dar a los médicos autoridad unilateral para determinar que los pacientes carecen de la capacidad de consentir incluso cuando ellos están sentados en la cama insistiendo que son capaces".

Para evitar el recurso continuo a los tribunales, Veatch recomienda al médico y allegados que informen al paciente de que lo consideran incapaz para tomar decisiones. Si el paciente no responde, eso mismo puede ser suficiente para apoyar la presunción de incapacidad. Pero si el paciente objeta, entonces debe suponerse que tiene capacidad para consentir o rechazar un tratamiento salvo que un tribunal determine lo contrario. El problema se produce cuando el paciente objeta a una intervención supuestamente beneficiosa y no hay tiempo para obtener la determinación de incapacidad por parte del juez. Sobre esto no hay recomendaciones establecidas, pero, según Veatch, parece razonable realizar la intervención necesaria para estabilizar al paciente, siempre y cuando el médico esté dispuesto a defender posteriormente que el paciente carecía de capacidad para tomar decisiones racionales y que la decisión era necesaria para estabilizarlo.

Entre los protocolos encaminados a medir la capacidad de un paciente para tomar decisiones, destacan los que exploran actividades mentales. Entre los más usados se encuentran las siguientes: Minimental State Examination (MMSE), Mattis Demetia Rating Scale, Short Portable Mental Status Questionnaire y Cognitive Capacity Screening Examination. Pero estos métodos miden rasgos generales del estado mental, no específicamente la capacidad de decidir. Se usan probablemente porque son manejables, rápidos y cuantificables, sin embargo presentan importantes deficiencias. Así, por ejemplo, ignoran o evalúan de manera deficiente el área afectiva, tan importante para la toma de decisiones. En general, se acepta que estos métodos son útiles para dar una información sobre el estado mental del paciente, pero deben ser acompañados por otros protocolos más específicos para la toma de decisiones.

No hay muchos protocolos de medición de la capacidad para tomar decisiones. Por referirse específicamente a la cuestión de las voluntades anticipadas, cabe destacar el Test Hopkins de Evaluación de la Capacidad (The Hopkins Competency Assessment) (THEC), diseñado por J. S. Janofsky, J. S. McCarthy y M. F. Folstein. El protocolo consiste en presentar por escrito al paciente una información sobre lo que significa designar a un representante para cuidados de la salud. A continuación se le realizan varias preguntas sobre esa información. Un sistema de puntuación de las respuestas a las preguntas permite obtener una calificación del THEC entre 0 y 10. Debido a que ofrece información solamente sobre ese tema, el THEC evalúa únicamente la capacidad de las personas de designar a un representante para los cuidados de la salud.

El texto que se ofrece a los sujetos está redactado en tres versiones de dificultad diferente. El evaluador administra al paciente en primer lugar la versión más difícil. Si la puntuación obtenida es igual o mayor de 8 se termina la evaluación.

Si la puntuación es igual o menor de 7 se ofrece la versión de dificultad mediana. Si aún así la puntuación es igual o menor de 8, entonces se proporciona la versión más simple, cuya puntuación será la tenida definitivamente en cuenta.

Aunque los autores no se pronuncian por un estándar de capacidad, parece ser que una puntuación igual o inferior a 4 podría marcar el límite entre la capacidad y la incapacidad.

Algunos han criticado al THEC diciendo que es un test que analiza básicamente la comprensión y memoria a corto plazo, pero que no explora adecuadamente el lenguaje, ni la forma del juicio, ni el proceso de toma de decisiones.

King nos dice que "tampoco deberíamos colocar un estándar excesivamente alto de autonomía o de capacidad para tomar decisiones que invalide las voluntades que no contienen indicios de un examen sofisticado y comprehensivo de todos los posibles escenarios futuros".

Por otro lado, debido a que la capacidad del paciente para tomar decisiones puede ser fluctuante, el hecho de declarar en una ocasión incapaz al paciente no quiere decir que no pueda recobrar la capacidad más adelante, por eso Arthur S. Berger nos recuerda: "La capacidad de un paciente debería ser valorada periódicamente para determinar si ha sido recobrada".


Debe producirse un diálogo con el médico, el representante, la familia y, si el paciente es creyente, con el consejero espiritual

Con el médico
Un estudio realizado por Jaya Virmani y otros, trataba de comprobar la capacidad de estos documentos para estimular la comunicación entre el médico y el paciente. Entrevistaron a 115 pacientes seriamente enfermos de cáncer y a 22 de sus médicos. El 30 por ciento de los pacientes dijo que no había tenido ningún diálogo sobre decisiones de tratamiento con su médico. La mayoría de los médicos ignoraba las voluntades anticipadas. Estos autores encuentran "poca evidencia de que esos documentos estén asociados con un aumento de la comunicación entre los pacientes y médicos sobre decisiones de tratamiento en el final de la vida".

Por otra parte, un estudio de Brendan M. Reilly y otros, trataba de saber si los pacientes realmente quieren dialogar sobre estas cuestiones con el médico. Entrevistaron a 258 pacientes admitidos en un servicio de cuidados intensivos de un hospital de Rochester, Nueva York. El 81 por ciento de los pacientes entrevistados con capacidad para tomar decisiones o había dialogado o quería dialogar sobre voluntades anticipadas en el hospital. La conclusión principal de este trabajo fue la siguiente: "La mayoría de los pacientes internos en un hospital de la comunidad quiere, es capaz de y reúne las indicaciones de su propio médico para dialogar sobre voluntades anticipadas. La hospitalización presenta una oportunidad no aprovechada para los médicos y pacientes de iniciar esos diálogos".

Otro estudio ha investigado las actitudes de los médicos para el diálogo sobre voluntades anticipadas. R. Sean Morrison y otros recogieron 277 respuestas de médicos internos residentes y asistenciales de un gran hospital de Nueva York. "La falta de comprensión del médico y las creencias erróneas sobre lo apropiado tenía efectos particularmente fuertes, sirviendo como barreras para los recientes diálogos sobre voluntades anticipadas". La limitación de tiempo y la falta de confort afectaban sólo a los diálogos iniciados por médicos. La necesidad de compensación económica no aparecía como una barrera.

La Association pour le Droit de Mourir dans la Dignité de Bélgica entiende, no obstante, que firmar uno de estos documentos, que ellos llaman "testamento vital" debe ser "la ocasión de un diálogo franco del sujeto con su médico y, si se desea, con sus allegados. Comprometiéndose a un diálogo con su médico, en el momento en que uno desea firmar tal documento, uno se da cuenta de su opinión sobre el encarnizamiento terapéutico, la eutanasia, etc., y más generalmente los valores que son los suyos, en particular su actitud respecto a la autonomía de la persona enferma".

Barnett señala algunas razones para dialogar con el médico sobre las voluntades anticipadas. Una razón es averiguar si uno se siente confortable con los profesionales que estarán a cargo de su cuidado en tales circunstancias. Otra razón es asegurarse de que el médico comprende y acepta las elecciones de la persona sobre el uso de tratamientos de soporte vital. El diálogo posibilita que el médico o la persona cambien de opinión y fomenta el respeto mutuo. Barnett señala otra importante razón: Las voluntades anticipadas son o aspiran a ser documentos legales y muchos médicos perciben esto como una intrusión legalista en la práctica médica. "El diálogo antes de firmar puede, por decirlo así, 'deslegalizar' y personalizar el proceso entre usted y su médico".

Los médicos han de tener habilidades de comunicación, conocimiento de los tipos de voluntades anticipadas y sus implicaciones médicas, éticas y legales. Los médicos de Atención Primaria tienen más posibilidad de conocer y comunicarse con los pacientes. En esta comunicación, Davidson y Moseley nos dicen que hay que tener en cuenta cinco aspectos:

o Identificar a los pacientes a los que, por su condición, resulta especialmente recomendable hablar sobre las voluntades anticipadas. Son los pacientes que, o bien expresan el deseo de conocer más información sobre estas cuestiones, o bien sufren una enfermedad que, previsiblemente, terminará con un estado de inconsciencia irreversible, como es el caso del cáncer, etc.
o Exponer el tema de un modo que no asuste. Los médicos deben vencer una serie de barreras: Una barrera es la tendencia a pensar que harán un mal al paciente si le informan de un pronóstico infausto. Otra barrera es el malestar que ellos mismos sienten cuando hablan sobre la muerte. Y otra barrera es su desconocimiento de cómo realizar una voluntad anticipada. Esto les lleva a no dar al paciente la oportunidad de comunicarse. El médico ha de ser capaz de captar qué información desea recibir el paciente y transmitirla sin alarmarle.
o Ayudar al paciente en la formulación de su voluntad anticipada. Para ello, el médico tiene que aprender a utilizar un lenguaje claro y evitar errores de interpretación en el paciente. Ha de conocer las leyes que rigen las voluntades anticipadas y ofrecer información escrita para evitar grandes discusiones de trasfondo.
o Revisar y, si es necesario, actualizar la voluntad anticipada con el paciente. La tecnología avanza muy rápidamente afectando a la calidad de vida de ciertas situaciones de enfermos terminales. Es importante que el paciente lo sepa por si quiere hacer modificaciones en sus documentos ya elaborados.
o Interpretar las voluntades anticipadas del paciente frente a otros profesionales de la salud y familiares cuando a éstos les resulten confusas. El médico ha de adoptar, por lo tanto, un papel activo como representante del paciente frente a los que no han estado presentes en la elaboración de estos documentos.

Joseph J. Fins señala también la importancia del modo como el médico se comunica con el paciente. Así, si el médico pregunta al paciente si quiere ser reanimado sin dar la alternativa de los cuidados paliativos, el paciente solicitará la reanimación, por temor a ser abandonado. Por otro lado, "cuando los clínicos presentan la elección de reanimación de manera ruda, los pacientes de manera abrumadora deciden renunciar a la reanimación".

Otro argumento a favor del diálogo previo es su poder terapéutico. Steven H. Miles y otros aseguran que el paciente tiene entonces la sensación de comprender mejor las opciones, y de que va a ser cuidado según el fruto de la conversación con el médico, lo cual es en sí mismo beneficioso. "La planificación anticipada debe ser valorada y promovida por esos efectos terapéuticos".

Con el representante
Cuando una persona actúa como representante de un paciente incapaz, se presume que tiene un íntimo conocimiento de los valores y preferencias del paciente, o al menos, que el paciente confiaba lo suficiente en ella como para nombrarla su representante mediante una voluntad anticipada. Doukas y Reichel comentan: "Tal conocimiento está basado en una relación de confianza y comprensión, en la que se discuten valores y preferencias médicas".

Terry J. Barnett es directo en su consejo: "Nunca nombre a un representante sin haber hablado primero con él". Este autor nos da algunas razones por las cuales la persona que elabora una voluntad anticipada debe dialogar con el representante: En primer lugar es necesario determinar si él quiere y se siente capaz de actuar como representante. Una vez el representante declara su disponibilidad a actuar como tal, es necesario explicarle las intenciones para asegurarse de que entiende lo que el otorgante desea. Si se le muestra únicamente el documento a falta de la firma, esto fomentará que formule preguntas del tipo: "¿Qué pasaría si...?". Este autor recomienda que se hable de estas cuestiones con el representante en compañía de la familia, para que no se encuentren por primera vez en el momento de la crisis.

También recomienda que el representante esté presente cuando el otorgante se reúna con el médico. El médico probablemente se sienta más cómodo trabajando con un representante con quien ya se ha reunido anteriormente y que ha escuchado también sus argumentos.

La práctica muestra que suele escogerse como representante a un familiar cercano, por lo general al hijo o la hija. En un estudio realizado por Jiska Cohen-Mansfield y otros en un hospital judío, se recogieron datos de 103 pacientes ingresados, cuya edad media era de 84 años. A todos ellos se les dio la posibilidad de realizar una voluntad anticipada consistente en la designación de un representante para cuidados de la salud. Sólo 26 de esos pacientes accedieron a elaborar el documento. El 64 por ciento de los pacientes escogió como representante a su hijo o hija. El 17 por ciento escogió al que geográficamente estaba más cerca y un 8 por ciento escogió a la única persona que les quedaba -la que les prestaba apoyo social-. Un dato inquietante es que "casi dos tercios de los sujetos, 62 (60 por ciento) residentes, no habían dialogado sobre sus sentimientos respecto al cuidado médico futuro con nadie".

Con la familia
La oposición de la familia puede causar que lo expresado por el paciente en una voluntad anticipada no se respete, por su presión sobre el representante o el médico, pero el apoyo de la familia confirma y refuerza las decisiones del paciente.

Barnett recomienda hablar con la familia sobre el contenido del documento, del mismo modo que propone hacerlo con el representante. Considera importante que se realicen diálogos en los que estén presentes varios familiares. "El diálogo en grupo puede reducir el riesgo de que la gente tenga luego diferentes recuerdos o comprensiones de lo que usted dijo".

Además, la conversación en grupo puede traer a la luz conflictos entre los miembros de la familia sobre cuestiones del tratamiento o asuntos relacionados que podrían perderse hablando con ellos solamente de uno en uno.
Steven H. Miles y otros, destacan también la importancia del diálogo con la familia sobre voluntades anticipadas. Este diálogo aporta beneficios psicológicos que provienen de "ayudar a las personas a integrar el morir dentro del contexto de historias personales de la vida buena".

Con el consejero espiritual
Doukas y Reichel aconsejan discutir los propios valores referentes a cuidados de la salud con el consejero espiritual o religioso, que pueden ayudar a clarificar o articular mejor los valores religiosos de quien firma la voluntad. Estos autores añaden: "Tales diálogos tienen como intención ayudarle a descubrir sus propios valores, antes que permitir a alguien diferente decirle en qué valores usted debería creer. Este proceso es introspectivo y reflexivo -las respuestas vienen de dentro de usted".


Deben considerarse
los intereses de todos los afectados

Margaret Pabst Battin nos dice que la persona ha de asegurarse de que, cuando entre en una situación de incapacidad, los profesionales que la atiendan no van a seguir sus propios deseos o intereses, sino respetar los del paciente. En consecuencia, el paciente debe tomar decisiones antes de sucumbir al dolor, debilidad, depresión, temor, etc. En este proceso se ha de tener en cuenta "la obligación de ver que las decisiones que rodean a la muerte de uno sean tomadas moralmente, es decir, que los intereses de otros sean tomados en cuenta tanto como los de uno mismo". Y añade: "Esto no quiere decir que uno debe sumergir o sacrificar sus propios intereses a los de otros". Lo que quiere decir es que uno debe reconocer que en ciertas situaciones se han de tomar decisiones morales y no optar por la pasividad, que la elección moral requiere el reconocimiento de que hay otros con intereses diferentes a los de uno mismo y quizás en competencia, y que uno debe reconocerlos para actuar moralmente.

Pero, obviamente, el principal afectado es el otorgante, por eso, la persona que firma uno de estos documentos "está obligada a reconocer anticipadamente que cuando los profesionales o legos están decidiendo por ella deben decidir (...) de un modo que sirve a los intereses del paciente". Pensar que actuamos de manera altruista cuando practicamos criterios establecidos previamente de lo bueno para el paciente sin consultarle es actuar de manera opuesta a como pretendíamos. El altruismo no debe perpetuar de manera no crítica las prácticas médicas de toma de decisiones que excluyen la posibilidad de participación del principal afectado. "Actuar así es privar al paciente de la posibilidad de retener su estatus como agente moral". Según esta autora, de entre las indignidades que la medicina es capaz de infligir ésta es la más profunda.


Deben ser reexaminados y actualizados periódicamente

Quien firma una voluntad anticipada no sabe exactamente lo que ocurrirá en el futuro ni si cambiará de opinión. Incluso si un paciente escribe una voluntad anticipada porque tiene una enfermedad terminal, y toma en consideración las circunstancias habituales que envuelven a este tipo de pacientes, puede ser que sufra un accidente de tráfico que lo sitúe en una situación de inconsciencia irreversible inesperada. La incertidumbre no puede ser nunca eliminada, pero las dudas de los médicos sobre el tratamiento que desearía el paciente pueden ser reducidas mediante estos documentos.

Aunque el paciente podría haber cambiado de opinión de no haber entrado en una situación de inconsciencia irreversible, King nos dice que "la posibilidad de un cambio de opinión puede ser considerablemente reducida si los autores de voluntades periódicamente reexaminan, actualizan y reafirman sus voluntades anticipadas".

Un estudio de Linda L. Emanuel y otros buscaba valorar la estabilidad de las decisiones sobre tratamientos que se expresan en una voluntad anticipada. Se analizaron las respuestas de 495 pacientes y 102 personas en general. La estabilidad era moderadamente alta durante un año. Los pacientes que habían dialogado con sus médicos mostraron más estabilidad en sus decisiones. La conclusión de este estudio es que "se puede confiar en que las voluntades anticipadas reflejan las elecciones del paciente entre 1 a 2 años después de haberlas rellenado".


Condiciones referidas a la forma de los documentos

Deben redactarse
con términos precisos
y claros

Partiendo del análisis de diferentes formularios de instrucciones, especialmente del elaborado por el Midwest Bioethics Center y el de California de 1991, Jim Stone encuentra conceptos clave como "condición terminal" y "tratamiento de soporte vital", que resultan confusos. En el primer documento se dice, por ejemplo, que la condición terminal consiste en "poseer una enfermedad de la que no es posible recuperarse", pero entonces pueden incluirse enfermedades como un reumatismo o una alergia crónica a las que en realidad no se está haciendo referencia. Se añade que la muerte ocurrirá en un corto período de tiempo, pero no se aclara cómo de corto es ese período. Esta confusión no sólo puede dejar perplejo al que desee firmar el documento, sino que ocasionará que los médicos tampoco tengan claro cuándo certificar que el paciente se halla en situación terminal.

El documento de California dice, por ejemplo, que el "tratamiento de soporte vital" administrado a personas en situación terminal o de inconsciencia permanente, sólo sirve para prolongar el proceso del morir. El documento deja a criterio del médico la determinación de la situación terminal y, en consecuencia, la consideración de un tratamiento como de soporte vital o no.

Stone concluye que el documento de instrucciones no defiende la autonomía del paciente, pues acaba siendo el médico el que 1) decide si el paciente es capaz para tomar decisiones, 2) cuánto tiempo es un "corto período de tiempo" de esperanza de vida, 3) si el paciente es un "enfermo terminal" y 4) qué es un tratamiento de soporte vital.
Es el médico quien decide cuándo la vida del paciente tiene calidad o sentido, así que el paciente está a la merced de los valores del médico.

La idea de que los documentos de voluntades anticipadas no son claros ha sido repetida por muchos autores, para David J. Roy, John R. William, Bernard M. Dickens y Jean-Louis Baudouin, las voluntades anticipadas "no describen de modo muy detallado los tipos de tratamientos que la persona rechaza, y eso aplicado a cada tipo de enfermedad, puede llevar a que las voluntades sean difíciles de interpretar".

Cattorini resta valor a una voluntad anticipada "si no viene provista de una indicación clara y comprensiblemente precisa sobre las situaciones clínicas específicas".

El modelo propuesto por la Association pour le Droit de Mourir dans la Dignité de Bélgica evita emplear expresiones tales como "fase terminal", "muerte inminente o dentro de un plazo próximo". Se rechazan esos términos porque son demasiado imprecisos, tanto por la inseguridad propia de todo pronóstico como por la duración de una enfermedad fatal.

También son demasiado restrictivos, descartando situaciones que pueden durar varios años y que son precisamente las más temidas, como son el estado vegetativo persistente o la demencia senil grave. Esta asociación utiliza términos como "enfermedad incurable", "estado de degradación física o intelectual irreversible", "ninguna esperanza razonable de mejoría". Sobre estas expresiones la asociación escribe: "Nos parecen suficientemente generales y precisas, implicando las nociones de incurabilidad y de irreversibilidad".

Los términos médicos a menudo no son adecuadamente comprendidos por los pacientes o incluso no son entendidos en absoluto. Sass y Kielstein nos dicen: "Para la autoconcienciación sobre los propios valores y deseos, y sobre todo para las informaciones y disposiciones eventuales definitivas, es indispensable que no reine ninguna falta de claridad sobre los conceptos y su significado". Estos autores nos indican algunos de los conceptos que deben quedar claros: instrucciones sobre cuidados de la salud, representante para cuidados de la salud, quimioterapia, demencia, estadio final, muerte cerebral, coma, respiración artificial, alimentación artificial, paro cardíaco, administración artificial de fluidos, calidad de vida, medicina paliativa, pronóstico, acompañamiento humano y médico en el morir, eutanasia activa y pasiva, etc.


Deben mostrar
las razones por las cuales el paciente toma cada decisión

Cattorini aconseja, antes de firmar la voluntad, que se expresen todas las dudas, se exija información y se tengan en cuenta, al menos, estos cuatro aspectos: las condiciones patológicas previstas, la petición formulada, el diálogo con el sanitario y la inspiración ideológica explícita o latente. Sugiere también intentar una escritura personalizada de la propia voluntad, preparándola a través de una repetida discusión con aquellos implicados en las disposiciones, es decir, el médico y el representante.

Las voluntades anticipadas habitualmente hablan como si todas las decisiones indicadas fueran centralmente importantes para el autor. Pero esto no suele ser el caso. Algunas preferencias surgen de responsabilidades profundas y contravenirlas es una afrenta seria, mientras que otras son decisiones triviales o transitorias, y el autor no vería mal descubrir que no habían sido respetadas. El paciente debe, por lo tanto, dejar clara la importancia que tiene para él cada instrucción.

Según King, el médico no ha de pedir que se justifique para enjuiciar si sus razones para rechazar un tratamiento son buenas o malas, pero sí ha de comprender esas razones para poder aplicar adecuadamente su voluntad. Las explicaciones ayudan al médico a determinar qué es lo que el paciente habría deseado.

Jay Katz, por su parte, se niega a seguir las indicaciones de un paciente que no quiere dar explicaciones de su decisión, pues considera que el médico tiene derecho a saber por qué éste toma una decisión. El paciente puede rechazar un tratamiento sin dar explicaciones, pero el médico entonces debe asumir que su rechazo de dar explicaciones es patológico. Katz propone por ello un modelo de conversación. Lo mismo ocurre con las voluntades anticipadas donde el paciente no aclara los motivos de sus decisiones. "Sólo si la falta de explicación hace excesivamente difícil interpretar y aplicar una directriz, en buena fe debería sentirse un clínico justificado para no respetarla". El médico que siente que no puede seguir unas voluntades anticipadas porque no explican suficientemente las elecciones debe conversar con sus autores cuando eso todavía es posible.

Los sanitarios tienen el derecho moral de pedir explicaciones al paciente, tanto en el momento en el que elabora la voluntad como en el momento en el que se la presenta. "El sanitario puede requerir al paciente articular tan completamente como sea posible sus elecciones, la base para ellas, las prioridades que el paciente ha identificado y el peso de ellas, preferencias en situaciones específicas, conciencia de los sentimientos y puntos de vista de la familia, conciencia de que podrían ocurrir cosas no previstas, y conciencia de que podría ocurrir un cambio de opinión en un momento en el que no puede ser expresado". Toda esta información ayuda al sanitario a comprender los deseos del paciente y aplicarlos efectivamente a las decisiones de tratamiento.


Condiciones referidas a los contenidos
de los documentos

Hay autores que aprueban la elaboración de voluntades anticipadas, pero están en contra de aceptar cualquier contenido. Distinguen ambos aspectos claramente, pues son sobre todo los contenidos y su posibilidad de modificar la intervención médica lo que les preocupa. Veamos algunas precauciones que sugieren tomar.

No deben solicitar
la eutanasia activa

Según Giacomo Perico, la vida humana es un valor del que no se puede disponer. Y esto es así en cada caso, también cuando el paciente se halla en una situación de incapacidad irreversible y próximo a la muerte. Por ello, Perico considera que "la persona que escribe el 'testamento' puede definir la modalidad de asistencia y límites en el recurso a los tratamientos extraordinarios (...). Podrá declararse contraria a formas de 'encarnizamiento terapéutico', al recurso a tratamientos que ya resultan inútiles, etc.; podrá prever el recurso a sustancias analgésicas capaces de eliminar sufrimientos insoportables; podrá pedir otras formas de ayuda que le aparten de su estado recurrente de abatimiento o exasperación. Pero no podrá nunca, bajo el perfil moral, pedir el recurso a formas de eutanasia 'activa'".

Este autor entiende que el paciente debe vivir porque la vida es un don, pero acepta el principio del doble efecto por el cual es legítimo el uso de analgésicos con la intención de calmar el dolor, aunque tengan como efecto secundario acortar la vida del paciente, siempre y cuando entre ambos efectos haya una proporcionalidad razonable, y las ventajas de uno compensen las desventajas del otro.


No deben solicitar más tratamientos de los que la sociedad considera que puede costear según la justicia distributiva

Aquí distinguiremos dos posibles casos:

o Petición realizada por el propio paciente:
La sociedad ha reconocido el derecho del paciente a que se le retire el tratamiento en contra del consejo del médico. Pero la frase "quiero que se me haga un trasplante de riñón" expresada por un candidato médicamente inapropiado, no puede vincular al médico. Para King, el paciente que desea ser reanimado no necesita ser reanimado si, a juicio del médico, la reanimación no tendrá éxito o, dicho de otro modo, será fútil.

Para la cuestión de las voluntades anticipadas, el tema de la futilidad lleva a dos recomendaciones: a) Los límites de la medicina deben ser parte del diálogo entre médicos y pacientes sobre decisiones en el final de la vida. b) La pena, el miedo, la culpabilidad e incluso la desconfianza influyen a menudo en la petición de los pacientes y representantes de tratamiento máximo en el final de la vida. Es necesario "asegurar a los pacientes y a sus representantes que continuará un cuidado máximo incluso cuando el tratamiento no se aplique o se retire".

Frente a esta cuestión Thomasma considera necesario establecer al menos dos mecanismos de control para determinar hasta qué punto hemos de cumplir la voluntad del paciente: 1) El primero es que, puesto que los recursos sanitarios son limitados, han de establecerse límites a nivel nacional que se defiendan por igual para todas las personas pero que, una vez sobrepasados, sólo los fondos privados, aportados por el propio paciente, pueden posibilitar que se transgredan esos límites. Como ejemplo, nos dice que en el Reino Unido se ha regulado que no se mantenga en el respirador a ningún paciente más de 30 días, con independencia de la enfermedad del mismo. Una voluntad anticipada en la que el paciente pidiera ser mantenido en un respirador más de ese tiempo no podría ser aceptada. 2) El segundo mecanismo de control consistiría en educar a los ciudadanos en la sensibilidad hacia las necesidades de las generaciones futuras.
o Petición realizada por la familia:

Por lo general, quien solicita que se haga todo lo posible por el paciente no es el paciente mismo sino la familia. King dice que "los que toman decisiones en representación del paciente tienen más tendencia a pedir que se continúe el máximo tratamiento que los propios pacientes".

Esto ocurre especialmente cuando la familia no sabe con exactitud qué es lo que el paciente habría escogido. Pueden pensar que su responsabilidad por ellos les lleva a pedir todo lo posible. Terry J. Barnett escribe: "Algunos familiares podrían sentir que detener el soporte vital les haría en parte responsables por la muerte". Schneiderman y Jecker recomiendan en dicho caso eliminar los esfuerzos agresivos por prolongar la vida y hacer efectivamente todo lo posible por el paciente, es decir, darle la posibilidad de una buena muerte.

Condiciones durante la aplicación
de los documentos

El representante debe interpretar el texto sin necesidad de ceñirse a lo expresado literalmente

Puede ocurrir que el representante solicite que se siga escrupulosamente lo indicado por el paciente en su voluntad anticipada. Cattorini nos recuerda que "representar y, antes aún, comprender a otra subjetividad significa siempre interpretarla, significa discernir el sentido de las palabras pronunciadas en el interior de un contexto y actualizar aquel sentido aquí y ahora, frente a la urgencia de un determinado problema".

Puede que en el documento de voluntades anticipadas se indique una opción que el representante considera que no responde a lo que el paciente decidiría en la actualidad. Hay que recordar que ese documento está abierto necesariamente a la interpretación y que la interpretación será más fiel si hubo una buena conversación previa entre el paciente y su representante sobre los motivos que le llevaban a escoger las diversas opciones.

Basándose en la interpretación de la voluntad del paciente, el representante ha de poder manifestarse en contra de lo que el propio paciente solicitó en el documento. Para no atarle las manos en la toma de decisiones, Joanne Lynn y Joan M. Teno opinan que "esta consideración probablemente tendrá que ser incluida en la voluntad anticipada misma".

Por lo que a ella respecta, Joanne Lynn ha rechazado tajantemente la necesidad de realizar un documento con instrucciones, aunque sí acepta la designación de un representante. Lynn desea que la familia viva con gran emotividad el proceso de toma de decisiones en el final de la vida del paciente, y no que la familia únicamente se limite a cumplir, burocráticamente, la voluntad expresada en un papel. Pero como los documentos con instrucciones sobre los cuidados de la salud ya son un hecho con reconocimiento legal, pide, al menos, tomar una precaución: en los casos en los que el documento con instrucciones solicite que se tome una determinada decisión, pero la familia asegure que, en la situación presente, el paciente solicitaría lo contrario, debemos respetar la opinión de la familia. Lynn confía mucho en la familia y está dispuesta a aceptar las decisiones de su familia como las suyas propias, disculpando los errores o las consecuencias negativas que pudieran seguirse de una mala decisión, porque también Lynn, como paciente decidiendo sobre sí misma, podría haberse equivocado.

Para la cámara de médicos alemana, la voluntad supuesta del paciente es relevante para tomar decisiones en el final de la vida, pero las voluntades anticipadas no son necesariamente expresión de la voluntad supuesta del paciente, pues pueden haberse realizado incorrectamente. Ha de considerarse otro tipo de información, como por ejemplo sus convicciones religiosas, los valores personales, la esperanza de vida, el dolor que siente, etc.

Hans-Jürgen Rieger, entiende que no se puede aceptar directamente lo expresado en una voluntad anticipada. "Determinante es solamente la voluntad actual del paciente, que sólo puede ser transmitida por motivo de una cuidadosa ponderación de las circunstancias del caso particular donde, sin embargo, las instrucciones del paciente pueden ofrecer un indicio de peso". Se ha de escuchar, por ejemplo, a las personas próximas al paciente, que pueden aportar información relevante sobre su supuesta voluntad. Según este autor, una vez que se disponga de toda esa información, es el médico quien debe tomar la decisión del tratamiento a aplicar. "La última decisión debe en todo caso (...) radicar en el médico".

Cualquier duda respecto a la voluntad del paciente debe resolverse buscando un equilibrio razonable entre cantidad y calidad de vida

Según Romeo Casabona la validez de estos documentos es cuestionable si la persona contrae una enfermedad mental después de la declaración escrita y, al cabo de un tiempo, persistiendo aquella, cae gravemente enferma, pues no tendríamos ya elementos de juicio suficientes para determinar si habría persistido en la voluntad manifestada a través del escrito, en el caso de haber conocido la noticia de su enfermedad grave en buenas condiciones mentales. En opinión de este autor, "cualquier duda real al respecto en cada situación concreta debería resolverse en favor de continuar con el tratamiento: in dubio pro vita".

Wilhelm Uhlenbruck añade otro elemento. Las dudas no sólo pueden venir del hecho de no conocer con seguridad la opinión del paciente, las dudas pueden venir también de no conocer con seguridad el pronóstico de la enfermedad. Al respecto este autor afirma: "Mientras existan dudas fundadas sobre la falta de esperanza de la situación, se ha de ver al médico como obligado al tratamiento".

Para evitar excesos terapéuticos que podrían llevar al encarnizamiento terapéutico, nosotros diríamos más bien "en caso de dudas sobre la voluntad del paciente, o sobre el pronóstico de la enfermedad, habría que actuar a favor de un balance razonable entre la cantidad y la calidad de vida". Decisión que se asemeja al llamado juicio del "mejor interés" o "calidad de vida objetiva", y que también podemos entender como "lo que un paciente razonable desearía en esa situación".

Una situación especialmente problemática se produce cuando el paciente incapaz se manifiesta en contra de lo expresado en su documento de voluntades anticipadas. El Hastings Center nos propone, sobre ello, el siguiente caso:

Una anciana de 73 años, con un enfisema y depresión, ingresa en el hospital por dificultades respiratorias. Se le realiza una traqueotomía y se le introduce un ventilador. La paciente permanece confusa pero consciente. El psiquiatra la encuentra incapaz para tomar decisiones. No tiene familiares pero unos amigos presentan las voluntades anticipadas de la paciente, donde dice que no quiere ser mantenida con vida mediante tecnología de soporte vital si no tiene esperanzas razonables de recuperarse de una discapacidad física o mental extrema. Los amigos de la paciente y el médico de familia piden que se le retire el ventilador, pero el médico y las enfermeras de cuidados intensivos no están de acuerdo porque la paciente parece sentirse confortable. Cuando se le pregunta a la paciente si quiere que se le retire el ventilador contesta que no. Los amigos y el médico de Atención Primaria, basándose en el informe del psiquiatra, afirman que es incapaz para tomar esa decisión. Al final consiguen que sea trasladada a otro hospital donde se le retira el ventilador y muere una semana después.

Rebecca Dresser llama la atención sobre la dificultad de interpretar las voluntades anticipadas de la paciente. Otra cuestión importante es si el último deseo de la paciente de que se le continúe aplicando tratamiento de soporte vital debe considerarse una revocación de sus voluntades anticipadas. Respetar unas voluntades anticipadas es problemático cuando en ese documento se solicita no aplicar tratamientos a un paciente incapaz consciente que está en una situación confortable y que interactúa con las personas que le rodean.

En el caso citado se aplicaron las voluntades anticipadas para rechazar un tratamiento en una situación que no cumplía claramente la petición expresada en dicho documento. Según Dresser, "la decisión de no tratamiento debería haber sido postpuesta hasta que los clínicos obtuvieran una mejor indicación del pronóstico de la paciente".

Según Alan B. Astrow, las voluntades anticipadas son documentos genéricos y a veces no son de ayuda. Cuando la paciente lo firmó, puede que no hubiera previsto que ella podría todavía sentir algún placer por vivir, incluso con discapacidades físicas o mentales extremas. El equipo de cuidados intensivos interpretó los gestos de la paciente como evidencia clara de que quería vivir. "Esto permitió a los doctores de cuidados críticos argumentar con algo de justicia que, con independencia de los puntos de vista previos de la paciente, su actual conducta les mostraba que ella había cambiado de opinión".

La vida de una persona se compone de una serie de sucesivos "yos". Mediante una voluntad anticipada una persona decide ahora por el futuro "yo". Dresser llama auto-paternalismo a decidir lo bueno para el futuro yo sin que éste pueda expresar su opinión al respecto. Según esta autora la autonomía de los yos posteriores merece la misma protección que la de los yos actuales. Por eso afirma que "una decisión pasada auto-paternalista que no promueve los mejores intereses del yo presente o que entra en conflicto con las preferencias del yo presente no debería ser respetada". El hecho de que el sujeto que toma la decisión mediante las voluntades anticipadas comparte el mismo cuerpo que el sujeto que es objeto del paternalismo no es vinculante para que la decisión paternalista tenga que ser respetada.

Una enfermedad que afecta a las facultades mentales puede convertir al sujeto en otra persona. Si es otra persona, no hay motivo para respetar las indicaciones de unas instrucciones sobre cuidados de la salud escritas en el pasado, o para considerar que el representante escogido en el pasado es el que desea ahora. En muchos casos, aunque una enfermedad destruye la capacidad de la persona para la autodeterminación, el paciente mantiene un interés por su bienestar presente que puede entrar en conflicto con lo expresado en una voluntad anticipada.

Los defensores de las voluntades anticipadas consideran que el auténtico "yo" es el del pasado y que los deseos del yo presente no deben ser tenidos en cuenta porque no tiene capacidad de autodeterminación. Los detractores, en cambio, dicen que el yo del pasado no conoce la situación presente, por eso las peticiones del yo presente son más vinculantes que las del yo pasado.

Dresser propone una solución combinada, de manera que no se dé siempre prioridad a las peticiones expresadas en el pasado, ni siempre prioridad a las peticiones expresadas en el presente. Según esta autora hay que atender a los intereses presentes del paciente, a menos que sea demasiado difícil determinarlos, en esos casos podemos referirnos a las preferencias expresadas anteriormente. Por otro lado, si la aplicación de las voluntades anticipadas a circunstancias específicas de tratamiento son poco claras, hay que dar más importancia a los intereses presentes del paciente. "Así, se podría asignar menos peso a las voluntades cuando los pacientes incapaces continúan pudiendo expresar preferencias".

Allen E. Buchanan y Dan W. Brock se han planteado también la cuestión de la identidad personal y el efecto sobre la justificación de las voluntades anticipadas. Según estos autores la continuidad psicológica es una condición necesaria para la identidad personal. Hay casos en los que determinados daños neurológicos tienen como resultado la pérdida de la identidad personal, sin que se produzca la muerte según el criterio ampliamente aceptado de la muerte de todo el cerebro. Aquellos que están permanentemente inconscientes no tienen estados psicológicos y, en consecuencia, han perdido la identidad personal. Buchanan y Brock entienden que estos casos no desafían la autoridad moral de las voluntades anticipadas por dos razones: 1ª) Seguir una voluntad anticipada escrita antes de entrar en ese estado no afecta al final de la vida de otra persona, pues "los permanentemente inconscientes no son personas en absoluto". 2ª) Lo expresado por una persona en una voluntad anticipada afecta al destino del cuerpo humano en el que la persona 'residió' una vez.

Los problemas se producen cuando debemos enfrentar los derechos de la persona previamente existente con los derechos de la nueva persona, que surge después de sufrir daños cerebrales. Según estos autores, resulta necesario establecer un umbral para la continuidad psicológica. Si no establecemos criterios para ello puede que las voluntades anticipadas se apliquen a un cuerpo que pertenece a una persona diferente, lo cual no estaría justificado.

Deben articularse protocolos de actuación para casos excepcionales

El médico que ha de aplicar la voluntad anticipada ha de consultar con el médico de familia del paciente, la familia y/o amigos para adquirir información que aclare lo indicado en el documento. King recomienda al médico lo siguiente: "Si las preguntas se vuelven incontestables o las respuestas se vuelven contradictorias, consulte a su comité de ética asistencial o algún equivalente; si es necesario, busque la interpretación de un tribunal".

Según John La Puma, los consultores éticos y los comités de ética "pueden ser útiles para sacar a la luz información importante y temas que envuelven casos particulares". El problema es que la consulta ética suele ocupar mucho tiempo y no siempre está cubierta por ayudas estatales. "La ausencia de un reconocimiento financiero apropiado de la importancia de los sistemas de valores de los pacientes es parte de la razón de que la mayoría de los centros de cuidados de larga duración y hospitales todavía no tengan un consultor ético en la plantilla".

Si se dispone de protocolos de actuación ya elaborados, se puede aligerar el trabajo de los comités de ética o del consultor de ética. Los principales casos excepcionales en los que se debería tener un protocolo de actuación se nombran en la Tabla 3.







 

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